
Transporte de carga pesada: Hasta 12000 kg
*MMV: 85,00 €
ARTÍCULO 26.- El monto del impuesto previsto en esta Ordenanza consistirá en una cantidad fija anual
ARTÍCULO 30.- Todo contribuyente que cancele su impuesto correspondiente al ejercicio económico financiero durante el mes de enero gozará de un descuento del diez por ciento (10%) del impuesto liquidado.
*Según el Tipo de cambio oficial de la Moneda de Mayor Valor (MMV) publicado por el Banco Central de Venezuela
Ver Ordenanza: Ordenanza Sobre: Impuesto de Vehículos
Observaciones:
- El retiro del Recibo como de la Calcomanía se hara en la Dirección de Hacienda Municipal
- Las nuevas inscripciones se harán en la Dirección de Hacienda Municipal y no por Taquilla Única, pedimos disculpas por ello.
- para cualquier tipo de tramite recordamos al Contribuyente tener a la mano el Carnet de Circulación.