
Tasa por Tramite – Inmuebles Urbanos «Habilitación de Servicio»
*MMV: 100,00 €
ARTÍCULO 17. … Cuando se habilite un procedimiento o acto de mero trámite, causará una tasa por servicios administrativo en la forma siguiente:
1.- De cien (100) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela por Habilitación de Servicio.
Nota: Habilitar es para el mismo día.
*Según el Tipo de cambio oficial de la Moneda de Mayor Valor (MMV) publicado por el Banco Central de Venezuela
Ver Ordenanza: Impuesto sobre Inmuebles Urbanos
Ver: Recaudos y Requisitos: Inmuebles Urbanos