
Licencia sobre Actividades Económicas: Mantenimiento Anual
*MMV: 15,00 €
ARTÍCULO 11. La solicitud de la Licencia sobre Actividades Económicas establecida en el artículo anterior; causara la tasa administrativa siguiente:
4.- De quince (15) veces la moneda de mayor valor publicada por el Banco Central de Venezuela correspondiente por su mantenimiento anual.
*Según el Tipo de cambio oficial de la Moneda de Mayor Valor (MMV) publicado por el Banco Central de Venezuela
Ver Ordenanza: Actividades Económicas de Industrias, Comercio, Servicios o de Índole similar se realicen en o desde la Jurisdicción del Municipio
Ver: Recaudos y Requisitos: Actividad Económica